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LA ASEA CONVOCA A REGULADOS PARA EL REGISTRO NACIONAL DE INSTALACIONES DE GASOLINAS Y GAS LICUADO DE PETRÓLEO (RENAGAS)

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– El RENAGAS está dirigido a regulados que cuenten con instalaciones de distribución y expendio de gasolinas y gas licuado de petróleo.

Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente | 08 de marzo de 2025 | Comunicado

RENAGAS
  • El RENAGAS está dirigido a regulados que cuenten con instalaciones de distribución y expendio de gasolinas y gas licuado de petróleo.
  • Se busca actualizar la información sobre la seguridad de las instalaciones así como su estatus medioambiental.
  • No cumplir con la información y los plazos para el registro, puede derivar en inspecciones y/o procesos sancionadores.

La Agencia de Seguridad Energía y Ambiente (ASEA) habilitó el Registro Nacional de Instalaciones de Gasolinas y Gas Licuado de Petróleo (RENAGAS), que tiene como objetivo actualizar la información sobre las condiciones de seguridad de las instalaciones de distribución y expendio al público de dichos combustibles, así como lo relativo a su estatus en materia ambiental, para seguir garantizando la seguridad de las personas, el cuidado del medio ambiente y la supervisión en las actividades propias del Sector Hidrocarburos Mexicano.

El RENAGAS está dirigido a las y los regulados del Sector que cuenten con instalaciones de distribución de gas licuado de petróleo; estaciones de servicio para expendio al público de gasolinas y diesel para vehículos automotores; estaciones de servicio para el expendio al público de gas licuado de petróleo para vehículos automotores; y estaciones de servicio para el expendio al público de gas licuado de petróleo por medio de llenado parcial o total de recipientes portátiles.

A partir de hoy, 8 de marzo de 2025, las y los Regulados que cuenten con alguna de las instalaciones mencionadas, podrán acceder al sitio web que la Agencia ha puesto a disposición (https://renagas.asea.gob.mx), para realizar su registro. El ACUERDO mediante el cual se establecen los requisitos para el registro en el RENAGAS, puede consultarse en el DIario Oficial de la Federación (https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5751221&fecha=07/03/2025#gsc.tab=0).

Cabe señalar que solo las y los Regulados que cumplan con los documentos y los tiempos establecidos en el DOF, podrán acceder a los programas de regularización o de certificación que para tales efectos emita la Agencia.

La ASEA subraya que el registro en dicha plataforma no implica que las labores de supervisión, inspección y vigilancia conforme a la normatividad aplicable, dejen de realizarse, incluídas aquellas instalaciones que han cumplido con su información; sin embargo, no cumplir con el registro en RENAGAS sí puede ser motivo para ordenar visitas de inspección y, de ser el caso, iniciar procedimientos administrativos sancionadores.

Con la creación y puesta en operación del RENAGAS, la ASEA colabora con los avances importantes que el Sector Ambiental, liderado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y su titular, Alcia Bárcena Ibarra, ha tenido a fin de cumplir con los “100 compromisos para el Segundo Piso de la Transformación” presentados por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, y la consolidación de una “República que protege el medio ambiente y sus recursos naturales”.

La Agencia pone a disposición de los Regulados el correo electrónico: dudas.renagas@asea.gob.mx, en el que podrán manifestar las dudas que tengan para el  registro al que se refiere el presente comunicado.