No.063/2025
Ciudad de México, 26 de febrero 2025
NO ES INCONSTITUCIONAL EL COBRO QUE REALIZA LA UNAM POR ALGUNOS CURSOS DE ESPECIALIDAD
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó, por mayoría de tres votos, que el cobro de una cuota de inscripción para cursar en modalidad virtual una especialidad, ofrecida por la Facultad de Derecho de la UNAM, no es contrario al principio de gratuidad en la educación superior establecido en la Constitución.
La institución imparte de forma totalmente gratuita esos cursos en modalidad presencial.
Además, a diferencia de la educación básica y media superior, la propia Ley General de Educación prevé que la gratuidad en la educación superior comenzará con el nivel de licenciatura y, progresivamente, con sus demás niveles educativos.
Por lo anterior, para garantizar la gratuidad de todos los niveles y programas de la educación superior en instituciones públicas, desde la licenciatura hasta el posgrado, es necesario dar prioridad, al menos en un primer momento, al ingreso, permanencia y conclusión del nivel licenciatura, por lo que su implementación hasta alcanzar el posgrado implica un periodo de transición.
Amparo en revisión 211/2024. Ponente: Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Resuelto en sesión de 26 de febrero de 2025 por mayoría de tres votos.