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SE AMPARA A UNA MUJER PARA QUE SE RECONOZCA EL DAÑO MORAL QUE SUFRIÓ POR NUNCA HABER RECUPERADO EL CADÁVER DE SU MADRE EN VIRTUD DE QUE UN HOSPITAL DEL IMSS LO ENTREGÓ POR ERROR A PERSONAS DISTINTAS A SU FAMILIA

No.089/2025

Ciudad de México, 26 de marzo de 2025

SE AMPARA A UNA MUJER PARA QUE SE RECONOZCA EL DAÑO MORAL QUE SUFRIÓ POR NUNCA HABER RECUPERADO EL CADÁVER DE SU MADRE EN VIRTUD DE QUE UN HOSPITAL DEL IMSS LO ENTREGÓ POR ERROR A PERSONAS DISTINTAS A SU FAMILIA

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación amparó a una mujer para que se reconozca el daño moral que sufrió por no haber podido recuperar el cadáver de su madre, pues personal de un hospital del Instituto Mexicano del Seguro Social en Quintana Roo lo entregó, de forma equivocada, a personas distintas a su familia. Con ello, se deberá cuantificar el monto de la indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado.

Se detalló que, si bien como regla general corresponde al reclamante probar la actividad irregular del Estado, en el caso, se actualiza una excepción, ya que es evidente el menoscabo extra-patrimonial causado y las pruebas para acreditarlo resultarían redundantes o innecesarias, máxime que la autoridad demandada aceptó la irregularidad y ello ocasionó que la mujer no pudiera velar a su mamá, hacer los rituales religiosos que su fe le dictaba, llevar un duelo y una despedida acorde con sus creencias.

Amparo directo en revisión 223/2025. Ponente: Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Resuelto en sesión de 26 de marzo de 2025 por mayoría de tres votos. 

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