Sala Regional Ciudad de México 34/2025
Ciudad de México
SRCDMX modifica sentencia sobre elección de autoridades tradicionales en Santa Rosa Xochiac
La Sala Regional Ciudad de México resolvió el juicio SCM-JDC-89/2025 promovido por diversas mujeres habitantes de pueblos y barrios originarios ubicados en las demarcaciones territoriales Azcapotzalco, Coyoacán y Xochimilco de la capital del país, en contra de la sentencia del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) que confirmó la negativa del Instituto Electoral local (IECM) de someter a consulta el Protocolo para la atención de la violencia política de género y la violencia política contra las mujeres en razón de género.
El Pleno modificó la sentencia impugnada. Por una parte, consideró ineficaz el agravio sobre la supuesta vulneración al derecho de consulta previa, al precisar que el protocolo no constituye una medida que afecte directamente los derechos de los pueblos originarios. Explicó que se trata de un instrumento operativo dirigido al funcionariado del IECM y no de una norma que cree, modifique o restrinja derechos, por lo que no resulta exigible su consulta.
Sin embargo, la Sala estimó fundado el agravio relacionado con la omisión del tribunal local de suplir los agravios manifestados en la demanda local, específicamente, analizar de forma completa las solicitudes presentadas por las actoras ante el IECM.
En particular, advirtió que no se examinó el contexto documentado en una reunión entre personal del Instituto y personas integrantes de pueblos originarios, en la que se formularon propuestas adicionales, como la realización de foros, el desarrollo de formatos diferenciados y el reconocimiento de violencias específicas que enfrentan las mujeres originarias. Por ello, subrayó que, dadas las condiciones particulares de las actoras, era necesario aplicar la suplencia de la queja y juzgar con perspectiva interseccional.
En consecuencia, se determinó modificar la sentencia impuganda para el efecto de vincular al IECM a fin de que lleve a cabo diálogos con los pueblos y barrios originarios de la Ciudad de México -de manera especial con las mujeres que los integran- y emita una resolución en la que determine si debe o no realizar alguna acción o emitir alguna herramienta o instrumento para prevenir violencia política de género.
SRCDMX modifica sentencia sobre elección de autoridades tradicionales en Santa Rosa Xochiac
La Sala Regional Ciudad de México resolvió los juicios de la ciudadanía SCM-JDC-94/2025 y SCM-JDC-95/2025, promovidos por diversas personas que se ostentan como autoridades representativas de la comunidad originaria de Santa Rosa Xochiac, ubicada en la alcaldía Álvaro Obregón de la Ciudad de México.
El caso surgió por la emisión de dos convocatorias distintas para renovar la subdelegación del Pueblo. Las personas promoventes impugnaron la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México que declaró la nulidad de ambas convocatorias y de la asamblea en la que fue electa una mujer como nueva autoridad comunitaria.
La Sala determinó confirmar la invalidez de las convocatorias que fueron emitidas de forma unilateral, sin las firmas conjuntas de quienes ostentan la subdelegación, al considerar que ello vulneró el principio de certeza y no puede subsanarse con actos posteriores.
Asimismo, la Sala modificó la sentencia para precisar que, conforme a los usos y costumbres del Pueblo observados en elecciones previas, la convocatoria debe ser firmada no solo por quienes ostentan la subdelegación, sino también por las representaciones comunitarias reconocidas, como las del comercio, los bienes comunales, la pequeña propiedad, el panteón y el agua.